• El documento permite mejorar las condiciones de trabajo y seguridad del colectivo de circulación y conducción
• Sánchez Jordán ha pedido a los sindicatos “responsabilidad para finalizar unos paros que castigan injustamente a los usuarios del transporte público”
El director gerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), Juan Andrés Sánchez Jordán, ha anunciado en rueda de prensa que la dirección de la empresa ha trasladado a los representantes del Comité de Huelga una última propuesta de principio de acuerdo que “tiene como objetivo solucionar el conflicto laboral existente y posibilitar que los sindicatos desconvoquen los paros del personal de conducción y circulación de Metrovalencia y TRAM d’Alacant, así como los que afectan al tranvía en Valencia”. El documento permite mejorar las condiciones de trabajo y seguridad del colectivo de circulación y conducción y, por ello, el gerente ha pedido “responsabilidad” a los sindicatos para que finalicen con unos paros que “castigan injustamente a los usuarios del transporte público”.
Hay que recordar que la convocatoria de huelga está respaldada por los sindicatos UGT, CCOO, SIF y SCF y ha provocado que el servicio se haya visto afectado en distintas jornadas de paros desde el pasado mes de septiembre.
Para Sánchez Jordán “la huelga no está justificada porque se sostiene en cuestiones que se podían haber tratado en la negociación del Convenio Colectivo porque son medidas que mejoran las condiciones de trabajo y seguridad”. Sin embargo, ha señalado que la empresa “siempre ha estado abierta a la negociación y después de semanas intentas y de una profunda reflexión de los planteamientos sindicales se les ha enviado una propuesta de acuerdo razonable, que respeta las leyes y normativas vigentes”.
El documento es resultado de un importante esfuerzo negociador y de consenso que recoge al 100% los puntos planteados y donde se especifica que en la Ley de Seguridad Ferroviaria la empresa no puede intervenir porque actualmente está en tramitación parlamentaria. Hay que recordar que esta ley es resultado de un compromiso y un mandato de las Corts Valencianes que, años después del accidente ocurrido el 3 de julio de 2006 en la Línea 1 de Metrovalencia, nace con el objetivo de garantizar las condiciones de seguridad de los usuarios y trabajadores de FGV”.
Incorporación de nuevos maquinistas
El director gerente ha recordado también el esfuerzo realizado por FGV que ya ha iniciado el proceso para incorporar 25 maquinistas a su plantilla, que permitirán “garantizar el servicio que se presta en Metrovalencia y TRAM d’Alacant y dar respuesta a falta de personal que vive la empresa después del ERE que aplicó el gobierno anterior en 2012”. “El actual gobierno de la Generalitat está trabajando desde el primer momento para encontrar una solución ante las limitaciones impuestas por el Ministerio de Hacienda a la hora de cubrir la tasa de reposición en la plantilla de la empresa pública” ha afirmado. De estos maquinistas, la previsión inicial es que 17 se incorporen a Metrovalencia (12 en metro y 5 en tranvía) y 8 en el TRAM d’Alacant.
Contenido de la propuesta a los sindicatos
El principio de acuerdo presentado recoge una serie de mejoras en lo referente a las condiciones de trabajo del colectivo del personal de conducción y circulación. Entre las propuestas incluidas se amplía en dos días la formación anual del personal de circulación, que se fija ahora en cuatro jornadas y ofrece abonar los gastos ocasionados por los desplazamientos para la realización de la formación y de los reconocimientos médicos y pruebas para el mantenimiento de las habilitaciones. Actualmente, estos desplazamientos no se abonan.
Asimismo, se establecen nuevos plazos para realizar una nueva evaluación psicológica, con el fin de obtener o renovar el certificado en la habilitación: 1 año para las evaluaciones de inicio y 3 meses para la renovación.
Además, se garantiza que en un plazo máximo de 24 horas tendrá lugar la reubicación de un agente que haya resultado “no apto” en una renovación de la habilitación, durante el tiempo que medie hasta la siguiente evaluación. En este sentido, si en ese plazo no se ha podido concretar una vacante adecuada, se le reubicará en un puesto de Atención al Cliente siempre que no exista un puesto cercano a su residencia laboral y el trabajador afectado opte por ello.
Por otro lado, se establece un descanso de 10 minutos cada 2 horas para los Reguladores de Puesto de Mando en aquellas situaciones denominadas “degradadas” en las que no quepa realizar pausas para prevenir fatiga física, visual y mental, y que la duración mínima de la jornada diaria se establezca en 6 horas, incluyendo los tiempos de toma y deje correspondientes. En el caso de que fuera menor, se computarán dichas 6 horas como jornada de ese día.
Entre otras cuestiones planteadas, se estipula un límite máximo de 8 días continuados de trabajo en ciclos diurnos y 4 días de trabajo nocturnos consecutivos, salvo en el caso de los maquinistas de tracción diésel, en los que no se podrán superar los 5 días consecutivos de trabajo más la Brigada de Atención Permanente. Ambos límites podrán superarse hasta los 10 días siempre que sea por voluntad del trabajador o transitoriamente en supuestos de servicios especiales (Hogueras, Fallas, San Juan…) programados hasta que se establezca una nueva regulación sobre los mismos.
Cuando por algún motivo haya de superarse la jornada ordinaria diaria, a partir del 1 de enero de 2018 no se podrán realizar más de 10 horas, incluyendo las horas extras, frente a las 12 horas actuales. Este límite se fijará en 9 horas y 30 minutos a partir del 1 de enero de 2019.
Para fomentar la flexibilidad, los agentes pueden solicitar sus días de descanso de libre disposición y la empresa debe concederlos siempre que se soliciten con diez días de antelación y no existan peticiones para una misma jornada superiores al 8% del total de turnos.
Por último, en cuanto al régimen sancionador, la propuesta de la Dirección de FGV plantea que las partes asumen el compromiso de revisar el Reglamento Disciplinario de la empresa en la Comisión Negociadora del XIII Convenio, para adecuar el reglamento de faltas y sanciones a los efectos derivados del régimen sancionador que determine la futura Ley de la Generalitat de Seguridad Ferroviaria, actualmente en tramitación parlamentaria.