Información pública del levantamiento de actas de ocupación del expediente de expropiación forzosa incoado con motivo de las obras del «Proyecto constructivo de acequias de Torrent» expediente: E2022-002

Por Resolución de la Consellera de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, de fecha 18 de julio de 2022, se nombra a Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana entidad beneficiaria, acordándose asimismo la incoación del expediente y la información pública de la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto Constructivo de Acequias de Torrent”. Expediente: E2022-002. Proyecto aprobado el 4 de julio de 2022, por resolución de la Subdirectora adjunta de Infraestructuras.

Se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la obra de referencia según se establece en el artículo 66.3 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunidad Valenciana, “la aprobación del correspondiente proyecto básico o del de construcción de las actuaciones reguladas por esta ley que requiera la utilización de nuevos terrenos, supondrá la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la misma, a los efectos de la expropiación forzosa de aquellos en los que deba construirse la línea, el tramo o el elemento de la infraestructura ferroviaria, o que sean necesarios para modificar las preexistentes, según lo previsto en la legislación expropiatoria”.

En consecuencia, se procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, a convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, para que comparezcan el día y hora que se indican en el listado adjunto al objeto de proceder al levantamiento de actas de ocupación.

Lugar: Salón de Actos del Ayuntamiento de Torrent

Día: 02 de marzo de 2023 Hora: de 10:00 a 11:45

El presente señalamiento será notificado por cédula a los afectados, cuya relación figura expuesta en el tablón de edictos del indicado ayuntamiento.

Los interesados deberán asistir provistos de su documento nacional de identidad, y acreditar la titularidad de los bienes y derechos afectados aportando el título de propiedad, (Escritura, Contrato, etc…), nota simple registral de fecha actualizada acreditativa de la no existencia de cargas, si no lo hubieran hecho en otra fase del procedimiento, y si optaran por ser representados por otras personas, éstas deberán acreditar su representación de la forma establecida en el artículo 5 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se significa que, el presente anuncio se publica igualmente a los efectos establecidos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para los interesados que figuran como desconocidos o domicilio ignorado.

La Directora Gerente

Anaïs Menguzzato García

1 de febrero de 2023

 

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