CONDICIONES PARTICULARES BOLSA Nº 10

OFICIALES DE TALLER. FGV-Valencia

1. Funciones a realizar.

La funcionalidad básica de este puesto se recoge en Anexo I. Las categorías profesionales que corresponden a los ocupantes de estos puestos son las de Oficial de Oficio y Oficial Principal de Línea Tranviaria (OPLT).

Con los integrantes de esta Bolsa se cubrirán necesidades de Oficiales de Taller en las siguientes especialidades: Oficial Principal de Línea Tranviaria (OPLT), Eléctrica-Electrónica, Mecánica-Máquinas Herramientas, Mecánica–Frigorista y Soldadura y Calderería.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en esta convocatoria y formar parte de la bolsa que se constituya será necesario reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, ser extranjero con residencia legal en España, o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras y trabajadores.
  2. Tener dieciocho años de edad, dado que las condiciones aparejadas a la jornada de trabajo y a otras exigencias de capacitación necesarias, imposibilitan legalmente la ocupación de los puestos ofertados por menores de dicha edad.
  3. Tener título académico de Ciclo Formativo de Grado Superior en las especialidades relacionadas seguidamente, o equivalentes (no se admitirán como equivalentes los títulos universitarios). Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la convalidación o credencial oficial que acredite la homologación.
    1. Para ocupar puestos de Oficial Principal de Línea Tranviaria:
      • i. Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados
      • ii. Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial
      • iii. Técnico Superior en Construcciones Metálicas
      • iv. Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico
      • v. Técnico Superior en Mecatrónica Industrial
      • (Cualquiera de los indicados)
    2. Para ocupar puestos de Oficial de Oficio, en la especialidad de Eléctrica – Electrónica:
      • i. Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados
      • ii. Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial
      • iii. Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico
      • iv. Técnico Superior en Mecatrónica Industrial
      • (Cualquiera de los indicados)
    3. Para ocupar puestos de Oficial de Oficio, en la especialidad de Mecánica – Máquinas herramientas:
      • i. Técnico Superior en Construcciones Metálicas
      • ii. Técnico Superior en Automoción
      • iii. Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica
      • (Cualquiera de los indicados)
    4. Para ocupar puestos de Oficial de Oficio, en la especialidad de Mecánica – Frigorista :
      • i. Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos
      • ii. Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos
      • (Cualquiera de los indicados)
    5. Para ocupar puestos de Oficial de Oficio, en la especialidad de Soldadura y Calderería:
      • i. Técnico Superior en Construcciones Metálicas
  4. Tener el carné de conducir tipo B en vigor.
  5. Tener la aptitud y capacidad adecuadas para el desempeño de las tareas del puesto convocado (Anexo II y III).
  6. Los aspirantes de nacionalidad diferente a la española que no tengan como idioma nativo el español deberán acreditar documentalmente su conocimiento.
  7. No haber sido trabajador/a de FGV despedido por motivo disciplinario.
  8. No tener la condición de trabajador/a fijo o indefinido en FGV.
  9. No realizar actividad remunerada o, de hacerlo, acreditar su compatibilidad con el desempeño de puesto público.

Los requisitos a), b), c), d), f), g) y h) deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, mantenerse durante la vigencia de la Bolsa. Los requisitos e) e i) deben cumplirse en el momento de la contratación y mantenerse durante la vigencia del contrato.

Los requisitos se acreditarán como se detalla en el punto 4 de estas condiciones.

3. Baremo de méritos.

Los aspirantes que cumplan los requisitos, serán ordenados de mayor a menor puntuación, con un máximo de 100 puntos, tomando en consideración los siguientes méritos:

  1. Acreditaciones, títulos y/o certificaciones oficiales de:
    • Cualquier Ciclo Formativo de FP de las familias profesionales de ‘Instalación y Mantenimiento’ o de ‘Electricidad y Electrónica’, distinto al aportado como requisito del punto 2-c): 30 puntos.
    • Certificado de Profesionalidad de Mecanizado con arranque de viruta (RD 684/2011, de 13 de mayo): 10 puntos
    • Pintura – Técnico en Carrocería: 10 puntos
    • Certificado acreditativo para la Manipulación de gases fluorados (RD 795/2010, de 16 de junio): 25 puntos
    • Otras titulaciones:
      • Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos: 10 puntos
      • Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red: 10 puntos
    • Por este mérito se podrán acumular hasta un máximo de 70 puntos.
  2. La experiencia profesional acreditada hasta el momento del cierre de admisión de instancias, podrá otorgar hasta un máximo de 25 puntos, según las siguientes especificaciones:
    1. Experiencia en FGV
      • Mismo puesto: En Como Contramaestre, Jefe/a de Equipo de Taller, Oficial de Oficio u Oficial Principal de Línea tranviaria (OPLT): 1 punto por mes completo trabajado
      • Puesto Instalaciones Fijas: En cualquier puesto de los Bloques Funcionales de: ‘Comunicaciones’, ‘Instalaciones Eléctricas y Automatismos’ o ‘Línea Electrificada, Subestaciones y Telemandos’(según Clasificación Profesional de FGV, XII Convenio Colectivo): 0,6 puntos por mes completo trabajado
    2. Experiencia fuera de FGV
      • Mismo puesto empresa FFCC: En puestos similares o equivalente a los que son objeto de esta Bolsa en otras empresas ferroviarias o tranviarias españolas: 0,8 puntos por mes completo trabajado
      • Material rodante FC otra empresa: En puestos de fabricación, mantenimiento y/o reparación de material rodante ferroviario o tranviario en cualquier otra empresa: 0,6 puntos por mes completo trabajado
      • Vehículos no FC y/o equipos: En puestos de fabricación, mantenimiento y/o reparación de vehículos no ferroviarios, o en puestos de instalación, fabricación, mantenimiento y/o reparación de equipos o sistemas eléctricos, electrónicos o electromecánicos.: 0,3 puntos por mes completo trabajado
  3. Los aspirantes que hubieran sido ex trabajadores/as de FGV que concluyeron su relación laboral con la empresa de forma no voluntaria en el proceso de Despido Colectivo acordado el 28 de diciembre de 2012, acreditarán 5 puntos de méritos.
4. Forma y momento de la acreditación de requisitos y méritos.

4-1. De todos los requisitos exigidos en el punto 2, se acreditarán documentalmente en la fase establecida entre la publicación de las listas provisional y definitiva, mediante fotocopia simple junto al original, los siguientes:

  • La nacionalidad y edad (2-a y 2.b), con DNI, pasaporte o Tarjeta de Identidad de Extranjero, todos ellos en vigor.
  • La titulación académica (2-c), con el título/certificación oficial expedido por el órgano competente.
  • El conocimiento del español (2-f), con el ‘Diploma de Español como Lengua Extranjera’ (DELE) nivel B1.
  • Tener el carné de conducir B (2-d), a través del correspondiente permiso en vigor.

El requisito de adecuada aptitud y capacidad para el desempeño del puesto (2-e) se acreditará según se expone en el punto 6 siguiente.

Los requisitos de no haber sido sujeto de despido disciplinario (2-g) y no ser empleado fijo o indefinido de FGV (2-h), no precisan acreditación, pues se comprobarán por FGV.

El requisito 2-i) se acreditará en el momento de la contratación mediante declaración jurada de no realizar actividad remunerada o, de tener tal actividad, mediante copia de la declaración de compatibilidad expedida por la administración competente; en este último caso, podrá realizarse el contrato aun sin resolución expresa cuando el informe que FGV deba realizar al respecto sea favorable a la concesión de la compatibilidad.

4.2. Los méritos se acreditarán, en la fase establecida entre la publicación de las listas provisional y definitiva, del siguiente modo:

  • La experiencia profesional fuera de FGV (3-b-2) se acreditará aportando el certificado de vida laboral, al que habrá que agregar copia de los contratos laborales y/o certificación de la empresa en la que se trabajó, que reflejen con claridad las funciones o tareas desempeñadas, a fin de comprobar que los puestos ocupados se corresponden con los que cabe valorar y el tiempo de trabajo. En caso de duda por parte de FGV sobre la actividad ejercida en tales puestos o sobre el tiempo que se ocuparon, no se sumarán puntos.
  • Las acreditaciones, títulos y/o certificaciones oficiales (3-a), se acreditarán aportando fotocopia simple junto a los originales.

Los méritos por la experiencia profesional en FGV (3-b-1) y por haber sido ex trabajador/a de FGV que concluyó su relación laboral como consecuencia del Despido Colectivo acordado el 28/12/12 (3-c), no precisan acreditación documental; serán comprobados por FGV.

5. Listas.

Esta Bolsa contará con cinco listados definitivos, uno por especialidad. Para su confección, las diversas listas previas estarán integradas por los siguientes números de aspirantes, como máximo:

  1. Listas preliminares: todos los solicitantes en tiempo y forma
  2. Listas provisionales: 100 aspirantes
  3. Listas definitivas y definitivas firmes: 50 integrantes, excepto las listas de la especialidad de ‘Eléctrica-Electrónica’ y de ‘Mecánica-Máquinas Herramienta’, que tendrán 70 integrantes.

Los aspirantes serán incluidos en una u otra lista en función de la titulación académica establecida que aportaron en cumplimiento del requisito 2-c). Un mismo aspirante podrá formar parte de varias listas, si aportó titulación adecuada.

6.- Aptitud y capacidad.

La adecuada aptitud y capacidad para el desempeño del puesto (requisito 2-e) se acreditará:

  1. Mediante la superación del reconocimiento médico que realizará FGV (anexo II). Como quiera que este requisito se acredita tras la celebración del contrato laboral, éste quedará supeditado a la superación del reconocimiento médico. De no ser así, se procederá a la rescisión del citado contrato y a la baja del aspirante en la lista definitiva, salvo que se trate de un problema transitorio, en cuyo caso, según establecen las bases generales, únicamente se rescindiría el contrato.
  2. Superando las pruebas de Aptitud Psicológica requeridas (anexo II). Previamente a la contratación los aspirantes deberán superar las pruebas de evaluación psicológica según las siguientes condiciones:
    FGV citará oportunamente a la realización de las pruebas psicológicas, tras la realización de las cuales se emitirá un certificado con resultado de “aptitud” o de “no aptitud”. Los certificados deberán estar en poder de FGV en el plazo de 90 días desde su expedición. Un certificado de “aptitud” permitirá la contratación durante un año a contar desde la fecha de emisión del mismo. Un certificado de “no aptitud” supondrá la baja definitiva en la lista de esta Bolsa y de otras listas de Bolsas de empleo temporal de FGV para las que se requiera el mismo perfil u otro con el que se compartan aptitudes que hayan sido motivo de tal dictamen y en las que el aspirante pudiera estar incluido. Si se obtiene un certificado de no aptitud no se podrá volver a realizar evaluación en otro centro.
  3. Aprobando el examen de la parte teórica del Curso de Capacitación para la habilitación de “conducción sin viajeros para maniobras en taller y depósito” y “conducción con viajeros” para el caso de los OPLT, de acuerdo a los Procesos de Habilitación del Sistema de Gestión de la Seguridad de FGV (SGS). Estos cursos, cuyos contenidos se adjuntan como Anexo III, contemplan una parte teórica con una determinada carga lectiva, impartida gratuitamente por FGV, que es la que el aspirante deberá realizar necesariamente antes de su contratación. La superación de esta parte teórica se acredita mediante examen y permite acceder a la parte práctica, que se realizará una vez celebrado el contrato laboral temporal. No aprobar el examen de la parte teórica del Curso de Capacitación supondrá la baja en la lista definitiva.
    FGV podrá convocar a la realización de estos cursos, de acuerdo a sus criterios, a un determinado número de aspirantes, siempre respetando el orden en las listas, aun cuando no esté prevista su contratación inminente. La no concurrencia al curso no supondrá la baja de la lista, sin embargo, llegado el momento de ofertar contratos temporales, se saltará a los aspirantes que hayan sido convocados a uno de estos cursos y no hayan asistido o lo hayan abandonado antes del examen, a los que se volvería a llamar a la siguiente convocatoria de curso, si fuera el caso. Igualmente, no se recurrirá a integrantes de las listas que no hayan sido convocados.
    Entre la superación de la parte teórica y la realización de la práctica, no podrán transcurrir más de 12 meses. Como FGV no puede garantizar la celebración de contratos temporales, será decisión de los aspirantes realizar la parte teórica cuando sean llamados, asumiendo que podría no serles útil posteriormente y que deberían repetirla cuando FGV convocase un nuevo curso.
  4. Superando la parte práctica del Curso de Capacitación (Prueba Práctica de Habilitación), que se realizará una vez celebrado el contrato. La no aptitud en esta prueba supondrá la rescisión del contrato y la baja del aspirante en la lista definitiva.

A los integrantes de la lista definitiva que ya tuvieran alguna habilitación de FGV del Sistema de Gestión de la Seguridad (SGS), se les aplicará el régimen de convalidación de módulos formativos que corresponda en cada caso; en materia de pruebas psicológicas, sólo convalidarán los perfiles completos que, según regulación de FGV, incluyan completamente a otros. En base a lo anterior, podrán ser excluidos en todo o en parte de los procesos reseñados en los párrafos precedentes.