Entrevías n37 mayo - page 16-17

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Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), al igual
que otras empresas del sector del transporte nacionales
e internacionales, ha decidido abrir nuevas vías de ne-
gociodestinadas a incrementar laobtenciónde ingresos
adicionales, mediante unmejor aprovechamiento de los
activosdequedispone.
En este contexto, FGV plantea desarrollar en el presente
año un programa de PatrocinioCorporativo, presentado
el pasadomesde febrero, basadoen lacodenominación
de las estaciones, la prestación de nuevos servicios o el
desarrollodediferentesaccionesdemarketingenMetro-
valencia y TRAMdeAlicante.
El objetivo que se persigue es generar recursos financi-
eros adicionales a la actividad principal de la operación
del transporte público de pasajeros, desarrollando nue-
vas fuentesde ingresosquecomplementan lapublicidad
tradicional, la comercialización de espacios comerciales
o la venta automática (vending), entre otras acciones.
FGV, una vez cerrado el primer plazo el 5 demarzo, ha
comenzado a recibir propuestas para desarrollar difer-
entes acciones de patrocinio en las instalaciones de
Metrovalencia y el TRAM de Alicante. Las empresas
interesadas pertenecen a sectores como banca, se-
guros, alimentación o servicios y se han interesado por
las principales estaciones de las redes deMetrovalencia
y el TRAM de Alicante como Xàtiva y Colón, y Luceros,
respectivamente.
Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana ya ha iniciado
un proceso de negociación sobre los aspectos técnicos
y económicos con cada uno de los interesados, con el
objetivo de concretar las acciones a realizar. Tras esta
primera fase laempresasigueabiertaa incluir nuevasac-
ciones de patrocinio, dando prioridad a las presentadas
dentrodeesteprimer plazo.
Lasactuacionessebasanen lacodenominación
deestaciones, laprestacióndenuevosservicios
oeldesarrollodediferentesaccionesde
marketing
El PatrocinioCorporativodefine a las acciones que per-
miten la obtención de unos ingresos a cambio de unir
una determinada marca a una instalación o servicio.
De modo que se agrupan una serie de derechos de
carácter comercial y marketing, y se comercializan por
parte del propietario de los derechos, por un período
de tiempo prolongado, y que tiene como finalidad la
generación demás ingresos o la reducción de costes.
Entre todo ese posible conjunto de acciones, los dere-
chos de denominación (Naming Rights) son lo más
novedoso en el sector del transporte. Se entiende por
este concepto, las operaciones de marketing, a través
de las cuales una empresa u organización adquiere
los derechos para nombrar o identificar ciertos activos
claves (tangibles e intangibles) por un período determi-
nadode tiempo.
Estos derechos pueden ir acompañados de otros de
carácter complementario, por lo que es necesario el
análisis tantode las sinergias comode las incompatibili-
dadesquepuedansurgir, con loscontratoscomerciales
y publicitarias actualmente en vigor enMetrovalencia y
TRAMdeAlicante, así como la adecuación al marco le-
gal existente.
La venta o cesión de los derechos del nombre de in-
stalaciones y servicios (NamingRights), es unapráctica
pocodesarrolladaenelmercadonacional. Yen laactu-
alidad, se presenta como la línea de generación de in-
gresosmás importantepor explotar, por lospropietarios
de instalaciones y servicios.
¿QuéeselPatrocinio
Corporativo?
FGV
LANZAel
PLANDEPatrocinioCorporativo
paraobtenernuevos ingresos
Instalacionesoservicios
Desde FGV se valora como elementos susceptibles
de ser patrocinados por otras empresas o entidades
la denominación de estaciones o paradas y líneas de
metro, servicios especiales que la empresa ofrece en
fecha determinadas o ante acontecimientos puntuales,
la prestación de nuevos servicios para los clientes
o acciones que desarrolla y organiza Metrovalencia
(actividades de ocio y cultura, exposiciones...) de
manera habitual.
El procedimiento de contratación seguido por
Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana para este tipo
de acciones se tramita de forma ordinaria mediante
procedimiento negociado y según lo establecido en las
normasdecontratacióndeFGVyen laLeydeContratos
del Sector Público.
No obstante, la empresa pública negociará con las
empresasoagencias interesadas losaspectos técnicos
y económicos de sus proposiciones. No obstante, FGV
se reserva el derecho de no adjudicar ninguna de las
propuestas presentadas en la presente licitación, si las
mismas no son satisfactorias para los intereses de la
empresa.
Como contraprestación con este tipo de acuerdos de
patrocinio, FGV establece que la nueva denominación
figure, durante la vigencia del contrato, en todos los
medios que utilice para dar a conocer información
de dicha línea o servicio a sus usuarios y público en
general.
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PROCEDIMIENTO
de
CONTRATACIÓN
1,2-3,4-5,6-7,8-9,10-11,12-13,14-15 18-19,20-21,22-23,24-25,26-27,28
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