Page 100 - Informe de Gestión, Cuentas Anuales y Memoria de Sostenibilidad FGV 2016
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Cuentas Anuales de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana 2016

V.4.14. Cesión de activos y pasivo ferroviarios.

Tal y como se ha señalado en la nota V.2.4, y en la nota V.17, con fecha 1 de
enero de 2016, y de acuerdo a la Orden 2/2016, de 15 de febrero, de la Consellería
de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueba el
catálogo de infraestructuras ferroviarias y tranviarias de la Generalitat y su
adscripción a los efectos de su administración, se cedieron desde la Entidad de
Infraestructuras de la Generalitat Valenciana (EIGE) a FGV, determinados activos y
pasivos ferroviarios.

Esta adscripción, en sede de FGV, se realizó al amparo de las normas
establecidas en la Ley 14/2003, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, por
la que ésta última puede afectar, adscribir, subrogar, enajenar y ceder sus
bienes y derechos. Asimismo, de acuerdo a la modificación de la citada ley, por
la que se añadía una nueva disposición adicional duodécima, en su apartado 9 se
establece que “a efectos de los dispuesto en dicha disposición, los títulos
societarios autonómicos recibidos se registrarán en la contabilidad del nuevo
titular por el mismo valor neto contable que tenían en el anterior titular en la
fecha de aprobación del correspondiente acuerdo del Consell relativo a su
transmisión, sin perjuicio de las correcciones valorativas que procedan a final del
ejercicio”. De todo ello se deduce que, los activos y pasivos de dicha naturaleza
se han incorporado por el mismo valor que ostentaban en la Entidad que los
tenía adscrito con anterioridad (EIGE).

FGV ha contabilizado a 1 de enero de 2016, los activos cedidos y los pasivos
asumidos de naturaleza ferroviaria. A partir de dicha fecha de cesión y adscripción,
la Entidad ha registrado los ingresos y gastos derivados de los mismos en su
contabilidad, así como los flujos de tesorería. Los activos cedidos y los pasivos
asumidos se han reconocido y valorado según los siguientes criterios:

      1. Los activos cedidos por adscripción y los pasivos asumidos cumplen con la
            definición de activo y pasivo incluida en el Marco Conceptual de la
            Contabilidad.

      2. La Entidad, a 1 de enero de 2016, ha clasificado los activos adscritos y los
            pasivos asumidos de acuerdo a los dispuestos en las normas de registro y
            valoración, considerando los acuerdos contractuales, condiciones económicas,
            criterios contables y otras condiciones pertinentes que existían en dicha
            fecha.

      3. Los activos cedidos y los pasivos asumidos han sido valorados al valor que
            poseían en EIGE, para posteriormente realizar las correcciones de valor
            correspondientes para adecuarlos a su valor razonable al cierre del ejercicio.

V.4.15. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos
           mantenidos para la venta.

La entidad clasifica un activo no corriente o un grupo enajenable como mantenido
para la venta, cuando ha tomado la decisión de venta del mismo y se estima que la
misma se realizara dentro de los próximos doce meses.

Estos activos o grupos enajenables se valoran por el menor entre su valor contable y
su valor razonable, una vez deducidos los costes necesarios para la venta. Los
activos clasificados como no corrientes mantenidos para la venta no se amortizan,
procediéndose a dotar las oportunas correcciones valorativas, si es el caso, de forma
que el valor contable no exceda del valor razonable menos los costes de venta.

Los ingresos y gastos generados por los activos no corrientes y grupos enajenables
de elementos, mantenidos para la venta, que no cumplen los requisitos para
calificarlos como operaciones interrumpidas, se reconocen en la partida de la cuenta
de pérdidas y ganancias que corresponde según su naturaleza. En la nota V.18 se
desglosan los activos no corrientes mantenidos para la venta existentes al 31 de
diciembre de 2016 y 2015.

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