Page 101 - Informe de Gestión, Cuentas Anuales y Memoria de Sostenibilidad FGV 2015
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Cuentas Anuales de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana 2015
V.1.4.Naturaleza de las Actividades de la Entidad.
El desarrollo de esta actividad, precisa de los recursos aportados por el titular del
servicio público, a través de la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana de
cada ejercicio y de los Contratos Programa. La continuidad de estas aportaciones es
la que garantiza la prestación de este servicio de transporte por parte de FGV.
Los ingresos obtenidos por la entidad en la prestación de sus servicios son
insuficientes para alcanzar la cobertura global de sus gastos. La diferencia entre
ingresos y gastos es financiada mediante aportaciones de la Generalitat Valenciana,
en función del presupuesto preparado por la entidad antes del inicio de cada
ejercicio, y con ampliaciones del fondo social mediante la asunción por parte de la
Generalitat Valenciana del principal de la deuda financiera formalizada por la
entidad. Estas aportaciones se vienen mostrando insuficientes para financiar la
diferencia entre ingresos y gastos. Adicionalmente, las inversiones de la entidad son
financiadas mediante subvenciones de capital concedidas por la Generalitat
Valenciana (véase nota V.9.5).
El balance de situación al 31 de diciembre de 2015 presenta resultados negativos y
fondo de maniobra negativo. Los principios contables aplicados por la entidad en la
formulación de las cuentas anuales incluyen el principio de empresa en
funcionamiento por el cual se considera que la gestión de la empresa tiene una
duración ilimitada y, en consecuencia, la aplicación de los principios contables no va
encaminada a determinar el valor del patrimonio a efectos de su enajenación global
o parcial ni a determinar el importe resultante en caso de liquidación. La Generalitat
Valenciana, como titular de este ente público, facilita el apoyo financiero
imprescindible para garantizar el funcionamiento de la entidad.
El patrimonio de FGV está constituido por el conjunto de bienes, derechos y
obligaciones de los que es titular. El inventario de FGV incluye junto a sus bienes
patrimoniales, los de titularidad de la Generalitat Valenciana adscritos a FGV.
Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana» se rige por la Ley 4/1986, de 10 de
noviembre, de creación de la Entidad Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, las
disposiciones especiales que se promulguen y en concreto:
a) Por las normas de Derecho Civil, Mercantil y Laboral en cuanto a su actuación
como empresa mercantil.
b) Por la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana en todo lo que sea de
aplicación a su régimen económico- administrativo, así como por la legislación
reguladora del dominio público.
c) Por el Decreto 144/1986, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el estatuto
de la entidad Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana
d) Por la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en
los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y sus
posteriores modificaciones.
Por Resolución de 30 de noviembre de 2001, de la Intervención General de la
Generalitat Valenciana, Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, en lo referente a su
régimen contable y rendición de cuentas, formulará y rendirán sus cuentas de
acuerdo con los principios y normas de contabilidad recogidos en el Plan General de
Contabilidad vigente para la empresa española, aprobado por el RD 1643/1990, de
20 de diciembre y su normativa de desarrollo”, posteriormente modificado por RD
1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprobó el Plan General de
Contabilidad. Consecuentemente, a partir de la entrada en vigor de este nuevo Plan
General de Contabilidad FGV debe formular y rendir cuentas de acuerdo al mismo.
Los recursos de FGV son los siguientes:
1. Las aportaciones y subvenciones que la Generalitat Valenciana establezca en
sus Presupuestos Generales.
2. Las subvenciones o aportaciones voluntarias de entidades e Instituciones
tanto públicas como privadas.
3. Las rentas y productos que generen sus bienes y valores.
4. Los ingresos procedentes de la explotación de sus servicios.
5. Cualesquiera otros recursos que pudieran atribuírsele.
Los ingresos procedentes de la explotación de sus servicios están sometidos a
regulación de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente en
virtud de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, y el Real Decreto 1211/1990, de 30 de septiembre, por el que se
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