Informe_Cuentas_Memoria_2014 - page 314

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ANEXO VI. CUENTASANUALES.
En cuanto a las aportaciones y subvenciones, donaciones y legados
otorgadospor laGeneralitat Valencianaa favor deFGV, lasno reintegrables,
se clasifican y registran conforme a los siguientes apartados:
a) Subvenciones, donaciones y legados.
Subvenciones que cumplen
los requisitos de la Ley 38/2003, General de subvenciones, o aquellas
especificas que financian actividades o prestaciones de servicio
declaradas de “interés público o general” en una norma jurídica, en
un convenio o en un contrato programa, formalizado con el órgano
administrativo correspondiente, donde se especifique la finalidad o
destino de la subvención y el importe de lamisma. Si la entidad se
entiende que realiza una única actividad específica y esta se declara
de interés público, todas las subvenciones de la GV se entenderán
incluidas en este apartado. A este fin, no computaran como actividades
distintas las accesorias o complementarias de la principal. Se consideran
subvenciones en sentido estricto y su reconocimiento, registro e
imputación a resultados es el detallado en el
subepígrafe 4.13.1.
b) Aportaciones de la Generalitat Valenciana al fondo patrimonial.
De
acuerdo con la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana, la
amortizaciónde ladeudafinancierade la entidad es asumidadirectamente
por la Generalitat Valenciana y se considera como “Aportación de la
Generalitat Valenciana al fondo patrimonial”. No son subvenciones y se
reconocerán a sudevengodirectamente en el epígrafe “Fondopatrimonial”
del capítulo Fondos propios” del balance de situación. Por lo tanto, la
totalidad de los vencimientos de principal de la deuda de FGV en 2013
y 2014, atendidos directamente por la Generalitat Valenciana, se han
registrado en esta partida del patrimonio neto.
c) Otras aportaciones de la Generalitat Valenciana.
Cuando se trate de
aportaciones, subvenciones o transferencias para compensar pérdidas
genéricas, con finalidad indeterminada, genéricas para financiar
inmovilizado o para gastos específicos no afectos a una actividad
o prestación de servicio concreta que esté considerada de interés
público, se clasificaran como “Aportaciones de socios” en alguno de los
siguientes epígrafes:
Aportaciones de la Generalitat Valenciana para compensar el
resultado del ejercicio.
Conforme establece la norma sexta de
EHA/733/2010 la entidad registra, a su devengo, como “Aportaciones
de socios” en el subepígrafe “Aportaciones de laGVpara compensar el
resultado del ejercicio”, por el importe aprobado en los Presupuestos
de la Generalitat Valenciana para cada ejercicio.
Asimismo, este subepígrafe incluye las aportaciones para intereses
y gastos devengados durante el ejercicio por la deuda de la entidad
y cuyo pago atiende directamente la Generalitat Valenciana a su
vencimiento, de acuerdo con las sucesivas Leyes de Presupuestos de
la Generalitat Valenciana.
V.4.13.2.- Aportaciones, subvenciones, donaciones y
legados de la Generalitat Valenciana
1...,304,305,306,307,308,309,310,311,312,313 315,316,317,318,319,320,321,322,323,324,...394
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