Page 117 - Memoria FGV 2017
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Cuentas Anuales de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana 2017

El detalle de los movimientos durante el ejercicio 2017 y 2016 en los epígrafes
"Provisiones a corto plazo" del balance de situación ha sido el siguiente:

El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad (BOE 14/07/2012),
estableció, para todo el personal del sector público, la supresión de la paga
extraordinaria de diciembre. FGV, en aplicación de esta norma, dejó de abonar dicha
gratificación en el mes de noviembre, por ser en dicha mensualidad cuando se
percibe tal gratificación. Contra tal decisión, se presentó, en tiempo y forma,
demanda de Conflicto Colectivo. Como consecuencia de la sentencia dictada, que el
devengo producido hasta la entrada en vigor de la norma, se debía pagar. El
Gobierno Central, decidió abonar el resto de la paga extraordinaria, hecho al que se
acogió el Gobierno Autonómico. FGV registró un importe de 1.175.043,87 euros,
dentro del epígrafe “otras responsabilidades ante el personal activo”, como provisión
para hacer frente al 50% de las pagas extraordinarias correspondientes al 2012,
abono que se hizo efectivo en julio del ejercicio 2016.
Sobre las reclamaciones formuladas sobre el cálculo del Salario Neto Regulador
como base para determinar las cantidades a satisfacer con motivo del plan de
acompañamiento derivado del despido colectivo que llevó a cabo FGV durante 2013,
se han resuelto reiterados pronunciamientos de suplicación que estaban
pendientes, por los que se confirma que el IRPF está correctamente descontado
por la empresa, pero no así la Seguridad Social.
Jurídicamente no se sostendría otro pronunciamiento por la Sala de lo Social del
TSJ, que no fuera la estimación de las demandas de los trabajadores, respecto a
las cantidades descontadas en concepto de Seguridad Social y la confirmación de
que lo descontado por la empresa en concepto de IRPF está bien realizado.
Por este motivo se ha procedido a contabilizar cono exceso de provisión la
dotación registrada por el descuento del IRPF por un importe de 1.189.089,82
euros.

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