Informe_Cuentas_Memoria_2014 - page 350

/
350
ANEXO VI. CUENTASANUALES.
En virtud de las medidas aprobadas por la Administración del Estado
para combatir el déficit público, la Generalitat Valenciana aprobó, para
su aplicación en nuestra Comunidad, el DL 3/2010, del 4 de junio,
por el que se reducen los salarios de los empleados y funcionarios de
la Administración Autonómica Valenciana y de las entidades y empresas
de ella dependientes en un 5%, que fue aplicado por FGV con efectos
del 1 de junio de 2010. El Comité de Empresa no considera ajustado
a derecho la aplicación del citado decreto ley a esta entidad, por lo
que ha planteado demanda judicial solicitando la anulación de dicha
medida en FGV, complementado durante 2011 con un importante
número de demandas individuales y colectivas en el mismo sentido.
Todas ellas están actualmente paralizadas, a la espera de que el Tribunal
Constitucional resuelva todos los recursos que tiene pendientes sobre la
constitucionalidad de esta legislación; hasta ahora sus pronunciamientos
han sido desfavorables a los recurrentes, por lo que no es probable un
cambio de opinión del alto tribunal. En caso de que fueran estimadas
dichas demandas, esta entidaddeberá asumir unmayor gasto de personal,
imputable a devengos del ejercicio 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014,
que se estima en 14.200.000,00 euros, y cuyo pago no se considera
probable, a la vista de los antecedentes judiciales.
Con relación al Despido Colectivo ejecutado por FGV durante 2013, la
Entidad formalizó una póliza de seguro colectivo para materializar el
Plan de prejubilaciones que se había concertado en el Acuerdo adoptado
dentro de dicho procedimiento de Despido Colectivo, y en el cual se
garantizaba el 80% del salario neto regulador al personal afectado. Al
momento actual, existen demandas formuladas por distintos colectivos
al no estar de acuerdo con el cálculo de dicho salario neto regulador. En
la nota V.14.1 de la memoria, se recoge la provisión sobre el importe de
las demandas recibidas. Aunque no probable, se considera que cabe la
posibilidad de que se reciban demandas por parte de los trabajadores
que no las han formulado hasta el momento, estimándose un importe
aproximado de 1.450.000,00 en caso de prosperar lasmismas.
El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, demedidas para garantizar
la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad (BOE
14/07/2012), estableció, para todo el personal del sector público, la
supresión de la paga extraordinaria de diciembre. FGV, en aplicación de
estanorma, dejóde abonar dicha gratificación en elmes denoviembre, por
ser en dicha mensualidad cuando se percibe tal gratificación. Contra tal
V.14.2. Contingencias
1...,340,341,342,343,344,345,346,347,348,349 351,352,353,354,355,356,357,358,359,360,...394
Powered by FlippingBook